LA REVELACIÓN PRIVADA |
El término revelaciones privadas desde hace bastante tiempo se ha hecho una costumbre en la teología, en contraste con la Revelación pública. Sin embargo, una revelación pública sería la que es dada en la Biblia y privada la que es dada aparte de la Biblia. Consecuentemente, sería más justificado hablar de revelación bíblica y extrabíblica. Con todo, asignar mayor honor y significado a la Revelación bíblica que a la otra no tiene realmente razón de ser. Y es que si ambas son auténticas, si ambas provienen de Dios, de acuerdo a su origen, ambas son divinas e igualmente valiosas. Ambas, la una y la otra, Dios pretende dirigirlas al pueblo y quiere que éste acepte a las dos. De otro modo, no habría razón para que Él hablara. Si existe alguna diferencia justificada entre ellas, no puede ser jamás en el sentido de que una obliga y la otra no. Ambas obligan. Porque a quien ha sido tocado por ellas y a quien ha alcanzado razones suficientes y la seguridad moral en relación a su autenticidad, ambas lo obligan igualmente. La Revelación contenida en la Biblia es llamada "canon", esto es, la regla de la Fe. La autenticidad de cualquier otra revelación se mide de algún modo de acuerdo a ella. Antes que nada, todo lo que sea contrario a esa Revelación no sería auténtico, esto es, sería falso. |
Consecuentemente, la Revelación bíblica provee una garantía de certeza y, en un modo negativo, garantiza que una revelación contraria es falsa. Aún más, la autenticidad de la Revelación bíblica es garantizada por el Magisterio de la Iglesia al que Cristo concede el Espíritu Santo, a fin de preservar fielmente esa Revelación e interpretarla infaliblemente. Para la revelación extrabíblica, el Magisterio no tiene directamente esa autoridad, sino indirectamente. Esto significa que, si estableciera que una revelación extrabíblica es contraria a la bíblica, sería seguro que no es auténticamente divina del todo. Y es que "si nosotros mismos o un ángel del cielo les anuncia un evangelio distinto del que les hemos anunciado, ¡que sea expulsado!" (Gál 1,8). Por otro lado, si el Magisterio de la Iglesia de algún modo llegara incluso a confirmar una revelación extrabíblica, no estaría uno obligado simplemente por eso a aceptarla como auténtica. Si uno tiene razones propias, debe aceptarla con fide divina. Pero si no tiene sus propias razones, puede rechazarla o dudar de ella. En este caso, la persona no está obligada fide catholica.
(Fray L. Rupcic, |
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